#105
La “modernización” laboral en debate: género, cuidados y la reorganización del tiempo

Emma Reyes 4
Dorothea Tanning
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En el contexto de las transformaciones contemporáneas del mundo del trabajo, el concepto de “modernización” ha adquirido una centralidad creciente en el discurso jurídico-laboral, operando como categoría legitimadora de reformas que buscan adecuar la normativa a cambios tecnológicos, económicos y organizacionales. No obstante, desde una mirada feminista del derecho del trabajo, esta noción dista de ser neutra: constituye una construcción discursiva que delimita qué dimensiones del trabajo son reconocidas como relevantes y cuáles permanecen invisibilizadas. En este sentido, el derecho no solo regula relaciones sociales, sino que también las produce y reproduce, frecuentemente desde parámetros androcéntricos que se presentan como universales.
En línea con lo anterior, el derecho del trabajo se ha estructurado históricamente sobre la figura de un sujeto abstracto que encarna un modelo de trabajador desvinculado de responsabilidades de cuidado. Esta crítica ha sido desarrollada, entre otras, por Joan Williams, quien identifica el ideal del “trabajador sin cargas familiares” como un presupuesto implícito del diseño normativo laboral. A su vez, autoras como Nancy Fraser han señalado que las transformaciones del capitalismo contemporáneo han profundizado la crisis de los cuidados, al sostenerse sobre una tensión estructural entre la producción económica y la reproducción social. Dicho escenario se ve agravado por fenómenos como el envejecimiento poblacional y los efectos del cambio climático, que impactan de manera desproporcionada sobre las mujeres, especialmente a aquellas que enfrentan múltiples formas de discriminación interrelacionadas – como mujeres en situación de pobreza, de áreas rurales, indígenas, afrodescendientes, con discapacidad, adultas mayores, en contextos de movilidad humana o que habitan en territorios en conflicto-. (Benería, 2008; Fraser, 2016)
Desde esta perspectiva, problematizar la noción de modernización en el ámbito de las relaciones laborales implica interrogar sus presupuestos normativos como sus efectos distributivos. En particular, resulta relevante preguntarse: ¿qué significa “modernizar” el derecho del trabajo en sociedades atravesadas por desigualdades de género estructurales? ¿Qué características debería reunir una reforma laboral que aspire a la igualdad sustantiva ? ¿Y de qué modo debería incidir en la distribución social del tiempo y en la organización del trabajo de cuidado no remunerado? Tal como sostiene Silvia Federici, el trabajo de reproducción social ha sido históricamente invisibilizado por el derecho y la economía, pese a ser condición de posibilidad del trabajo productivo.
En este marco, la perspectiva de género exige desplazar el foco de análisis desde el empleo formal hacia un abordaje más amplio que contemple la interdependencia entre trabajo remunerado y no remunerado. La noción de “economía del cuidado”, ampliamente desarrollada por organismos como la CEPAL, ONU Mujeres & OIT. (2025) y por autoras como Corina Rodríguez Enríquez (2015), permite comprender cómo la organización social del cuidado impacta directamente en las trayectorias laborales y en la reproducción de desigualdades de género.
A partir de estas consideraciones, el presente artículo se propone analizar la ley 27.802 —denominada de “modernización laboral”— desde una perspectiva de género. Para ello, se toma como punto de partida una definición general de modernización entendida como adaptación de condiciones recientes, complementada con los aportes de la filosofía y ciencias sociales, que la conciben como un proceso de reorganización de la vida social y de las instituciones. El objetivo es indagar en qué medida dicha norma incorpora efectivamente las transformaciones contemporáneas del mundo del trabajo, particularmente en relación con la problemática del cuidado, la corresponsabilidad y la distribución del tiempo.
Lee la nota completa aquí: La «modernización» laboral en debate: género, cuidados y la reorganización del tiempo – Vives
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