abril 2025

El fin de la moratoria previsional: Un nuevo castigo a los/as adultos/as mayores

Autorretrato con el retrato del doctor Farill – Frida Khalo – 1951

Dorothea Tanning

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El fin de la moratoria previsional implica una nueva reducción de derechos conquistados y ganados después de años de lucha, como lo es tratar de compensar y equilibrar la falta de aportes de las personas sea por escasez o falta de empleo, o por haberse dedicado a tareas de cuidado (que le impidieron seguir una carrera laboral), todo lo cual implica que ante la falta de aportes las personas se encuentren en su edad adulta sin posibilidad de jubilarse. Lo que hace la moratoria, es darle derecho a la prestación previsional de la siguiente forma: con la moratoria antigua aún vigente de la ley 24.476 el Estado anticipa los aportes faltantes para completar los 30 años que luego descuenta mensualmente hasta cubrir la totalidad de los aportes anticipados por el Estado (ANSeS). Como esta moratoria solamente abarcaba períodos limitados en el tiempo, no alcanzaba a todas las personas en edad de jubilarse, se amplió y estableció una moratoria, la de la ley 26.970, que es mucho más costosa por cuanto ya no se anticipan los aportes faltantes, sino que las personas tienen que pagar a través de módulos previsionales de costo muy elevado (actualmente $24.800 por mes) para completar los 30 años de aportes. Esta moratoria que no se prorroga y por eso cae el 23 de marzo del 2025, aún siendo costosa, producía una especie de inclusión para las personas que no contaban con aportes previsionales.

El fin de la misma provocará que muchas personas adultas no puedan acceder al beneficio jubilatorio por cuanto no contarán con los años de aportes y deberán abonar sus faltantes de contado, con intereses muy elevados de acuerdo a los años originarios de la deuda, lo que hará que las personas no puedan acceder al beneficio jubilatorio, condenándoselos a la pobreza, indigencia, sin cobertura médica, lo cual impacta en la sociedad precarizando la salud de las personas y la implicancia social que esto tiene, considerando que provocará a su vez una especie de colapso sanitario y descuido médico asistencial de la población. Una cobertura médica, proporciona una asistencia más equitativa en cuanto a la organización social del cuidado. Se reducen el índice de mortalidad por cuanto se fortalece la salud de parte de la población, que por las barreras estructurales relacionadas con la escasez, hace que se vean privadas de una cobertura sanitaria adecuada. Estas moratorias, mal llamadas “de amas de casa”, dado que son tanto para varones como para mujeres, rescataron a la población vulnerable que se veía impedida de jubilarse. Estas moratorias también han rescatado a las mujeres de la invisibilización a las que fueron sometidas por dedicarse a tareas de cuidado que les impidieran trabajar, y me refiero a las mujeres porque hasta aquí y desde la época de nuestras abuelas, han sido aquellas en las que recayeron las tareas de cuidado en el hogar (hijos/hijas). La moratoria, conjuntamente con el decreto 475/2021 que reconoce años de aportes por tareas de cuidado de hijos, reitero, vino a rescatar a sectores imposibilitados y vulnerables, de la marginalidad y la pobreza, por cuanto la dedicación de menos tiempo al desarrollo profesional o laboral trae consecuencias en el futuro previsional de la persona cuidadora. Sabemos que la base estructural de desigualdad entre los géneros es un factor esencial de marginalidad en estos tiempos. Asimismo implica una cobertura sanitaria necesaria y adecuada para las personas que logran jubilarse.

La finalización de todo tipo de moratoria indica una regresión inadmisible de la legislación tanto en materia de seguridad social y laboral, que va en contra de los Tratados y Pactos internacionales suscriptos por nuestro país con obligación internacional de ser cumplidos. Los mismos forman parte del nuevo bloque de constitucionalidad argentino, que entre otros destaco: Convenio N° 102 de la OIT sobre la Seguridad Social, Convenio N° 156 de la OIT sobre los Trabajadores con Responsabilidades Familiares, Recomendación N° 165 de la OIT sobre los Trabajadores con
Responsabilidades Familiares, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), Convención Interamericana sobre La Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores ratificada por la Ley 27.360 el 31/05/2017).

Sabemos que las tareas de cuidado impactan en la economía capitalista produciendo una subvención al Estado con el trabajo no remunerado de las personas que cuidan y/o que no pueden trabajar por falta de empleos suficientes, produciéndose un desequilibrio que termina afectando a las personas en su edad adulta, reiterando también que las priva de una prestación económica mínima para subsistir y una cobertura sanitaria adecuada.
Las moratorias rescatan de la vulnerabilidad a las personas, en especial las mujeres, que se encuentran en una desigualdad estructural o social que les impide jubilarse (por informalidad, trabajo no registrado). Se trata de la vulnerabilidad en cuanto a la desigualdad entre hombres y mujeres por las tareas de cuidado que han ocupado tantos años de su vida sin poder aportar y también la vulnerabilidad social que es rescatar a quienes no han podido encontrar trabajo y contribuir al sistema de aportes. Claramente debe aplicarse una moratoria luego de un informe socio-económico que asegure que la persona no cuenta con recursos para abonar sus aportes faltantes, pues en ese caso debe descartarse su ingreso a la misma y utilizarla para las personas que no tienen bienes ni recursos.

Cuando hablamos de recursos hablamos de propiedades inmuebles y/o vehículos. Lo que paradójicamente está ocurriendo, es que como las personas por el encarecimiento del costo de vida y otras circunstancias sociales se endeudan, probablemente para vivir y llegar a fin de mes, a través de tarjetas de crédito, los informes socioeconómicos revelan que las personas tienen elevados cargos en tarjetas de crédito, lo cual es tomado como recurso económico en disfavor de la persona y le es rechazado el informe socioeconómico de manera adversa y diríamos perversa, pues queda condenada a no poder utilizar el único recurso con el que cuenta para poder jubilarse, que es la moratoria. En general, no hay relación entre los ingresos y los gastos de tarjeta, por este desfasaje económico que sufren las personas.

Históricamente con las moratorias existentes se han jubilado nueve de cada diez mujeres y siete de cada diez varones, la eliminación de las mismas dejará a muchas personas sin poder acceder a un beneficio previsional salvo que tengan recursos para poder abonar aquellos aportes que le faltaran de contado. Si bien la primer moratoria, Ley 24.476 continúa vigente, sólo se aplica a las personas que tuvieran 18 años a septiembre de 1993 como para poder comprar los años faltantes de aportes. La segunda moratoria cuya caducidad se produciría el 23/03/2025, si bien es más costosa, aún permitiría a un gran universo de personas poder acceder a la prestación previsional abonando en cuotas sus aportes. Después de dicha fecha salvo que se promulgue una ley o un decreto al respecto, las personas sin aportes o con faltante de aportes, quedarán con la única posibilidad de a los 65 años tanto hombres como mujeres obtener la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que es un retiro proporcional con el que percibirían el 80% de la prestación mínima (que ya de por sí es bajísima) y con el agravante de que es incompatible con el beneficio de acumular una pensión que muchas personas o mujeres tienen por viudez. Para poder pedir la pensión los requisitos son más extremos por cuanto no se puede tener ningún tipo de inscripción (monotributo), gozar de ningún beneficio, permanecer en el país después del otorgamiento de la misma, y aprobarse el informe socioeconómico.

Es lamentable y regresiva esta decisión del gobierno argentino de no prorrogar la/s moratoria/s, que han tenido como finalidad robustecer el marco jurídico internacional en la distribución de las tareas de cuidado, reconociendo el derecho al cuidado de las personas como un derecho humano, en consonancia con los Tratados y Pactos Internacionales mencionados. A su vez, la seguridad social es un derecho constitucional e internacionalmente reconocido, que hace a la dignidad y al derecho humano de las personas, que debería coordinarse con una política social, sanitaria, considerando que la inversión en la misma es un eje esencial de las políticas públicas de cuidado para una organización social más justa en la cual el género es el más afectado.

Y más discriminatorio y peyorativo es con relación a las mujeres. Esta reforma no tiene perspectiva de género y además va en contra del mismo. En otra gran injusticia, dado que no se tiene en cuenta que las mujeres han sido las que pudieron obtener la jubilación mediante la moratoria previsional dado que han sido las que trabajaron en forma más precaria, sin aportes, o con media jornada únicamente, o en tareas domésticas ,sea de cuidado en sus hogares o en tareas domésticas propiamente dichas sin aportes o fueron Amas de Casa, SI con mayúsculas porque son las que han resignado sus espacios, sus carreras laborales, su formación, en pos de los cuidados y ahora se les reducen los derechos.

La política pública debe tender a mejorar y sustentar la vida de las personas que integran la sociedad en pos del bien común. La política como herramienta de transformación debe intentar que las personas vivan dignamente a través del trabajo y en su vida adulta con la prestación previsional debida, porque ello hará que las personas puedan empezar a gozar del derecho a la alegría. Derecho que el mejor jugador de todos los tiempos, Diego Armando Maradona, expresó que las personas tenían derecho a gozar de la alegría, que lo lograban cuando iban a ver un partido de fútbol, y también decimos cuando pueden sustentar su vida a través de un trabajo y una prestación digna.

Tal vez es el momento de plantearse si lo que queremos es más derechos o menos derechos. Está claro que la política que nos está avasallando pretende menos derechos, retrocesos y una gran regresión respecto de los derechos ganados en muchos años.

La eliminación de las moratorias en consonancia con la reforma laboral regresiva de la ley 27.742 y el nuevo intento que se efectuará con la reforma laboral y previsional en proyecto, demuestran un desprecio a los derechos adquiridos e históricamente conquistados en años de luchas. Está en proyecto el aumento de la edad jubilatoria, y la proliferación de “emprendedores” o falsos autónomos que se inscribirán en el monotributo con los escasos aportes que se contabilizan para su futura jubilación lo que provocará que a la edad adulta se jubilen con una prestación magra y mínima y socialmente una desfinanciación del sistema de reparto solidario de ANSeS con el grave peligro que eso implica para los futuros jubilables.
Constituye un desprecio a la ancianidad, un saqueo a los más débiles, disminuye la equidad, base de una sociedad justa.

Fomenta un Estado ausente para la defensa de los más débiles y presente para la defensa de los que más tienen, pues intenta dejar sin cobertura y mayor protección a los más débiles y otorga mayor protección a los que más tienen.

Si no hay un Estado que proteja a los trabajadores, a los jubilados a los vulnerables no existirá paz social, y no estaremos contribuyendo a una sociedad con Justicia Social de la cual cada vez estamos más lejos.

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