abril 2025

Crisis económica, conflicto y derecho del trabajo: El hilo rojo que no se rompe

El marxismo dará salud a los enfermos – Frida Khalo – 1954

Dorothea Tanning

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I. Introducción.

Como si existiera el hilo rojo invisible de la mitología oriental, conflicto, derecho del trabajo y crisis económica son conceptos destinados a estar unidos.

La contradicción entre capital y trabajo es intrínseca a la organización social sustentada en la existencia de compraventa de fuerza de trabajo, mercado que es, siguiendo a Polanyi, la institución más poderosa del sistema capitalista. De hecho, la rejuvenecida teoría clásica u ortodoxa según la cual originalmente las crisis económicas se resolvían merced a la autorregulación de ese mercado, se sustenta en que el aumento del desempleo facilita la reducción de los salarios. El ejército industrial de reserva presionando hacia abajo el precio de la mercancía fuerza de trabajo, por el aumento de la oferta de mano de obra. La falacia del llamado laissez faire laissez passer que era, en rigor, una intervención en favor del capital.

Es conocida la anécdota del intento de aplicación de esa receta clásica en Gran Bretaña en 1926: el primer ministro Baldwin, conservador que prestaba sus oídos a los empresarios mineros para decidir su política económica, les planteó a los sindicatos que debían aceptar una rebaja salarial y un aumento de la jornada laboral para poder así, gracias a ese sacrificio, sortear la crisis.

La novedad fue que los obreros británicos le respondieron con una huelga general bajo la consigna “ni un penique menos de salario, ni un minuto más de trabajo”. El movimiento obrero ya no estaba dispuesto a aceptar ese tipo de medidas, por lo menos no sin presentar batalla. Fue el comienzo del fin, durante algunas décadas, de la utopía liberal del mercado autorregulado. A partir de allí el Estado debió intervenir de otra forma en la economía y en el mercado de trabajo.

Vemos entonces cómo el conflicto social condiciona la política con la que se enfrenta una crisis económica.

Es por ello que, incluso situando el origen del derecho del trabajo en ese pacto tácito entre el capital y el trabajo, esa tregua obligada por la paridad de fuerzas y la imposibilidad de imponerse uno sobre el otro, se afirma que esta disciplina se fortalece e institucionaliza como respuesta a las crisis económicas.

Pero, si bien los conceptos van unidos, se trata de un camino de doble vía, si el conflicto no es capaz de modificar el rumbo, el derecho del trabajo también se destruye tomando el sentido inverso, utilizando la excusa de una crisis económica.

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CREMONTE

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