julio 2026

3° Congreso Feminista de Derecho del Trabajo: Las conclusiones

CongresoFeminista

Dorothea Tanning

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Con la presencia de un centenar de trabajadoras, abogados y abogadas, representantes sindicales, estudiantes, magistrados y militantes e investigadoras de género y diversidades, se realizó los días 18 y 19 de junio pasado en la Facultad de Derecho de la UBA, el 3º Congreso Feminista de Derecho del Trabajo organizado por la Comisión de la Mujer Trabajadora (Co.Mu.Tra.) de la AAL. Presentamos aquí las conclusiones del encuentro.

En el espacio de debate que nos propusimos en el marco del Tercer Congreso Feminista de Derecho del Trabajo organizado por la Comisión de la Mujer Trabajadora de la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas, bajo el título “Crítica de la Reforma Laboral en clave feminista” realizamos un conversatorio, tres talleres y una conferencia magistral a cargo de la Profesora Dra. Laura Pautassi.

Convocadas por la necesidad urgente de desarmar la trampa discursiva de la mal llamada Ley de Modernización Laboral N° 27.802, presentada bajo las banderas de la «libertad», la «flexibilidad» y la «actualización frente a los nuevos entornos tecnológicos», pasamos este texto normativo por el tamiz de la perspectiva de género donde inicialmente encontramos una profunda regresión tutelar que impacta de manera perjudicial sobre las mujeres y disidencias, acentuando las asimetrías y brechas de género.

Para quienes ejercemos la abogacía y acompañamos a los sindicatos, el desafío no sólo involucra resistir la pérdida de derechos laborales generales que la reforma involucra, sino identificar y mitigar el impacto diferenciado que esta reforma produce en las personas trabajadoras según su género.
La Ley de Contrato de Trabajo fue redactada bajo un viejo e irreal paradigma androcéntrico: el del trabajador varón plenamente disponible, cuya fuerza de trabajo se vende al mercado sin interferencias, asumiendo de manera invisible que «otra persona» (una mujer, en general) se hace cargo de la reproducción de la vida y el cuidado en el hogar. Las leyes que reformaron esta legislación, la ley “Bases” 27.742 y la Ley 27.802, lejos de modificar los paradigmas laborales patriarcales de profunda desigualdad e inequidad, los profundizan.

La reforma laboral implementada por este Gobierno determinó como punto central la pérdida del concepto de dependencia económica como nota típica de la relación de dependencia, que dio origen al nacimiento del derecho del trabajo como instrumento para mitigar el impacto de la asimetría de poder y desigualdad negocial que existe en las relaciones laborales.

La modificación en torno a la jornada de trabajo con la incorporación del art. 197 bis que establece el régimen de compensación de horas extraordinarias de trabajo, desdibujando los límites de la jornada de trabajo y la soberanía del descanso y del tiempo, así como la figura de los salarios dinámicos que atenta contraer el principio de igual remuneración por igual tarea, será a costa del trabajo de las mujeres impactando en sus condiciones de vida y de trabajo, tanto en el acceso al empleo, en el salario y en la distribución equitativa de las tareas de cuidado.

Se puso énfasis en que no obstante haber sido ratificado el Convenio OIT 190, sigue siendo una deuda pendiente una ley nacional que identifique, que prevenga y repare la violencia laboral por razones de género y que determine la responsabilidad de los empleadores, del Estado y de las organizaciones gremiales en su prevención y erradicación.

Además, se analizó la viabilidad del litigio estratégico en una faz colectiva y la imperiosa necesidad de que el trámite y las sentencias judiciales cuenten con perspectiva de género, conforme los mandatos constitucionales y convencionales vigentes.

Se destacó que el auge de la economía digital, a través del uso de plataformas digitales de trabajo, involucra también sesgos de género toda vez que las mujeres cuentan con menor acceso a la tecnología, en general y carecen de suficiente conectividad en los hogares con menos recursos. Asimismo se puso de relieve que los algoritmos y el uso de la IA ubican a las mujeres en peores condiciones para acceder a un empleo.

En la conferencia magistral a cargo de Laura Pautassi transitamos los desafíos que implica hoy el “cuidado como derecho humano” según los parámetros establecidos en la Opinión Consultiva 31/25 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Desde dicha pregunta la conferencista acentuó el arduo y largo camino recorrido y abrió el debate sobre los grandes desafíos hacia adelante. Destacó las necesarias transformaciones en el campo del derecho laboral vinculadas al cuidado y la necesidad de que el cuidado se transforme en una responsabilidad colectiva; donde los diversos actores sociales, incluidos los sindicatos sean un actor clave en dicho sentido.

En el cierre a cargo de activistas y dirigentas sindicales de ATE, SUTEPA, AGTSYP-METRODELEGADOS, UTEDYC, UNION FERROVIARIA Y APSEE, discutimos sobre la necesidad de poner en valor el derecho al tiempo como un factor indispensable que determina precarización de las condiciones de vida. Las panelistas destacaron el endeudamiento de los hogares y en particular de las mujeres trabajadoras como un vector que profundiza la explotación y que en un marco de desempleo y bajos salarios afecta la salud mental. A su vez, expresaron la necesidad de transformar las cláusulas de los Convenios Colectivos de Trabajo que deben reconocer y garantizar el derecho al cuidado, e indicaron que resulta indispensable la presencia de mujeres y diversidades en la negociación colectiva.

Como corolario del análisis y el debate realizado el Congreso concluye:

• Exigir la derogación de la reforma laboral (Ley 27.742 y 27.802) en su totalidad, ya que destruye los pilares del derecho del trabajo construidos a lo largo de más de un siglo.
• Rechazar el sistema de banco de horas, que determina la extensión de la jornada de trabajo sin pago de horas extras y expulsa a las mujeres de su derecho al trabajo.
• Exigir jornadas limitadas de trabajo, con derecho al descanso y corresponsabilidad en los cuidados.
• Exigir salarios dignos, que el pluriempleo no constituya la única forma de subsistencia para la clase trabajadora.
• Rechazar la figura del salario dinámico que profundiza la brecha salarial y los estereotipos de género.
• Exigir la discusión de una reforma laboral realmente transformadora en términos de protección de derechos de las personas trabajadoras e inclusiva, con perspectiva de género e interseccional, con un sistema de jornada flexible que contemple un sistema de cuidados que no expulse a las mujeres del mercado de trabajo.
• Incluir en la protección toda forma de dependencia laboral, determinando la inclusión de relaciones de trabajo que la reforma laboral ha excluido de toda forma de protección.
• Repudiar los despidos masivos producidos por el Estado Nacional vulnerando el derecho a la estabilidad en el empleo público (art. 14 bis Const. Nacional) que ocasionaron el desmantelamiento de políticas públicas en materia de género, en particular de prevención de la violencia.
• Rechazar el proyecto legislativo de “Falsas denuncias” toda vez que su objetivo es el disciplinamiento de las mujeres, disidencias e infancias evitando que denuncien abusos y violencias y desalentando el acceso a la justicia.
• Exigir que las agendas sindicales incorporen perspectiva de género y que en la negociación colectiva se incluya el derecho al cuidado y el acceso al empleo de mujeres y disidencias.
• Exigir una reforma judicial feminista y la obligatoriedad de capacitar y juzgar con perspectiva de género.
• Exigir la inclusión de mujeres en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
• Reafirmar la necesidad de elaborar una Ley Nacional sobre Discriminación, Acoso y Violencia en el Mundo del Trabajo, a fin de adaptar la legislación nacional a los parámetros del Convenio 190 OIT sobre Violencia y Acoso en el Mundo del Trabajo.
• Apoyar la petición de que se revise el caso de Paola Ortiz, quien hace 13 años se encuentra privada de su libertad en Córdoba por haber sufrido una emergencia obstétrica, habiendo sido juzgada sin perspectiva de género y vulnerando sus derechos humanos fundamentales como acceso a la justicia y debido proceso.

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