julio 2020

Renta básica universal. Una alternativa progresista y viable

Dorothea Tanning

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Sumario: I.- Introducción. II.- Que es la Renta Básica Universal (RBU). III.- Las características de la RBU. IV.- Una mínima fundamentación ética y política. V.- Viabilidad económica en nuestro país. VI.- Conclusión.
I.- Introducción
La pandemia ocasionada por el Covid 19 coloca al gobierno nacional ante grandes desafíos; entre ellos, hacer frente a la crítica situación económica y su repercusión en el mundo del trabajo (desempleo, cierres de empresas).  
Este artículo da cuenta de una posible vía, no sólo para la contingencia, sino como plausible herramienta para que todas las personas dispongan de una base material suficiente para garantizarse una existencia social autónoma ante un futuro que se nos muestra distópico (el futuro ya llegó), que nos ha evidenciado lo evidente: una estructura capitalista destructiva e insaciable que se fagocita a las mayorías excluidas y carenciadas, pero que también mercantiliza todo y a todes, sometiéndonos a la incertidumbre y que, sin embargo, nos muestra su falacia en cuanto al mito del crecimiento ilimitado, exponiendo cómo se reproduce, retroalimenta y se vincula (o representa) los intereses de los más poderosos: esa vía es una renta básica universal, bajo cualquiera de sus posibles variantes o modalidades2.
Por lo tanto, y ante los grandes desafíos venideros coincidimos con lo dicho por el filósofo italiano Franco Berardi quien afirma: “podríamos salir de esta situación imaginando una posibilidad que hasta ayer parecía impensable: redistribución del ingreso, reducción del tiempo de trabajo. Igualdad, frugalidad, abandono del paradigma del crecimiento, inversión de energías sociales en investigación, en educación, en salud”.…”El virus es la condición de un salto mental que ninguna prédica política habría podido producir. La igualdad ha vuelto al centro de la escena. Imaginémosla como el punto de partida para el tiempo que vendrá3.
Reiteramos, es justamente, en esa línea que viene nuestra propuesta: Una renta básica universal (RBU) que le asegure a cada habitante condiciones materiales básicas y dignas de vida, independientemente de cualquier requisito que no sea el de ser persona humana, a cargo del Estado, posibilitada con reformas fiscales, y como derecho de ciudadanía4.
 
II.- Que es la Renta Básica Universal (RBU)
La idea de una renta básica universal o ingreso ciudadano es un concepto que, si bien, desde el Renacimiento ocupó a algunos autores, tomó fuerza y vigencia en los últimos 30 años. La actual pandemia -que está haciendo cimbrar nuestras sociedades- y sus estructuras económicas y sociales, nos ha permitido pensar en distintas formas de organización, más solidarias y más igualitarias, retomando, entonces, la posibilidad -ya cierta- de su implementación.
Cuando hablamos de renta básica universal, nos referimos a la que establece una renta básica individual, incondicionada y universal, la que también suele llamarse renta de ciudadanía, subsidio universal garantizado, ingreso ciudadano, ingreso mínimo, renta garantizada, pero, -reiteramos-, su carácter distintivo con respecto a otras figuras o institutos es el carácter individual, incondicionado y para todos. Y si bien, podemos encontrar leves matices entre las distintas propuestas y sus sostenedores, los mismos -en general- recaen sobre los modos y fuentes de financiamiento5.
Sus propiciantes conciben a la misma como un complemento de la sociedad de bienestar que en modo alguno sustituiría a la salud, a la educación pública ni a otras funciones que son consideradas como propias del estado, sino que, reemplazaría a distintas clases de subsidios, por ejemplo, el de desempleo. Es decir, el estado sustituiría todos o casi todos los subsidios directos por un pago mensual – también directo- que cada persona podría gastar como desee.
No es un subsidio, es incondicionado y no requiere ningún requisito salvo el de la ciudadanía o residencia, que dependerá de las legislaciones de cada país, tampoco es temporal (se lo concibe sine die) y no exige ningún tipo de contraprestación (trabajo) o condicionamiento o requisitos (como los son, por ejemplo: incapacidad -jubilación por invalidez-, desempleo –seguro o subsidio por desempleo-o bien, poseer determinada cantidad de hijos, no contar con trabajo; no poseer ingresos habituales, etc.) ni sería objeto de rendición de cuentas.
Su aplicación depende de decisiones políticas, desde que las mismas tienen una potencialidad de transformación en la distribución de los recursos que repercutirá en forma directa e inmediata en la calidad de vida de las sociedades. Siguiendo a Lluís Torrens (2017), coincidimos (en parte) en que la destrucción de puestos de trabajo o bien, su precarización, por las múltiples razones conocidas (tecnología, radicación de factorías, globalización, disminución del poder adquisitivo de los salarios en oposición a la transferencia de ingresos del trabajo al capital, etc) “… ha servido para disciplinar a la masa de trabajadores”.6 Agregando el mismo autor que: El factor principal de esta capacidad disciplinaria es la existencia de una gran parte de población que debe trabajar para tener ingresos… que está precisamente sin empleo. Cuando la posibilidad de despido se convierte en algo cada vez más frecuente en una situación de crisis, la población trabajadora está más dispuesta a aceptar condiciones laborales peores. La RB representaría una herramienta muy poderosa para debilitar esta capacidad disciplinadora del capital 7 /8 .
III.- Las características de la RBU
  1. Periódica: Debe pagarse a intervalos regulares (por ejemplo, mensual). No en un solo pago.
  2. Pago en efectivo: Es decir, debe utilizarse un adecuado medio de cambio, que le permita a quien lo recibe decidir en la forma en que desea utilizarlo. Tampoco deben entregarse vouchers para ser utilizados en determinados comercios o lugares.
  3. Individual: Individual, personal, no corresponde por familia ni por otro tipo de condición.
  4. Universal: Para todos sin necesidad de acreditación o condición alguna. (se evita la estigmatización social y la exposición sobre las condiciones personales, económicas, etc y la discrecionalidad administrativa)
  5. Incondicional: Sin necesidad de contraprestación alguna.
En la plataforma de la “Red argentina de ingreso ciudadano” (Radic) puede leerse en su presentación que: “1) debería existir una red de seguridad en el ingreso que garantice que ninguna persona caiga por debajo de ella, que sea de fácil acceso y que no estigmatice a los ciudadanos/as” y;  2) esta red de seguridad debería ser un piso o una base desde donde las personas puedan desarrollar libremente su capacidad para generar ingresos propios y no un mecanismo que genere dependencia con respecto a la asistencia del Estado.”9
IV.- Una mínima fundamentación ética y política
Esta propuesta afronta severas críticas y resistencias, quizás, la principal deviene de una concepción ética del trabajo remunerado como dignificadora del ser humano, valores dominantes en nuestro país, conjuntamente con la visión de un mundo en que el estado de pobreza se consideraba como un estado, es decir, transitorio, reversible, así como el desempleo; llegándose, en muchos casos a alegar sólo un aspecto voluntarista y meritocrático de quienes se encuentran en estas situaciones. Sumándole la consideración de la RBU cómo un ingreso injusto, como un premio a quien no quiera trabajar en forma remunerada (empleo), argumentando que ante la existencia de este tipo de rentas ya nadie querría trabajar10.
Ahora bien, consideramos que esta es una visión sumamente segada, y parcial, desde que, como consecuencia del neoliberalismo y la actual crisis mundial del capitalismo, la población excluida y bajo líneas de pobreza es mucha, no se generan los suficientes empleos, gran parte de los empleos que se han generado son inútiles y superfluos (estamos, también, hablando de limites ecológicos al crecimiento), la globalización, la robotización, el desplazamiento de factorías hacia zonas del mundo con mano de obra más barata (en algunos casos cuasi y esclava), nos diagnostican y futurizan una situación harto diferente a ese mundo estable y de aspiraciones a pleno empleo.
Reiteramos, a nadie escapan las nefastas consecuencias del neoliberalismo: concentración abrumadora y obscena de la riqueza en pocos y en detrimento de la mayor parte de la población mundial, abonando a una misérrima vida carente de lo mínimo indispensable, disminución, escasez estructural y precarización del empleo y de las condiciones de trabajo, reorganización de la recaudación tributaria alrededor del impuesto generalizado al consumo ante la imposibilidad fáctica y jurídica de grabar la ganancia de las corporaciones, protegidas por el principio del arms lenght (de plena competencia) establecido en materia de precios de transferencia y los tratados de doble imposición.
Estas políticas fiscales, en términos de equidad, consiguen nulo impacto distributivo, precisamente allí donde la desigualdad es el dato social más relevante. Desde la década de 1970, la desigualdad creció significativamente, aún en los países de mayores ingresos, alcanzando en 2010 la concentración distributiva de 1910. Como se comprobó de modo contundente, la tasa de rendimiento del capital financiero e inmobiliario superan los rendimientos del resto de la economía, echando por tierra a la teología meritocrática que explica el desarrollo personal en base al trabajo y el capital humano.
Nuestro país no fue ajeno a estas políticas, por lo tanto, resulta imperioso adaptar el esquema fiscal a un modelo recaudatorio que permita la realización del programa constitucional, haciendo posible la igualdad material de oportunidades y el respeto por la dignidad humana. Si pretendemos, entonces, considerarnos y denominarnos sociedad democrática y con una ciudadanía libre, el corolario ineluctable es que la satisfacción de la existencia material debe estar garantizada como derecho de ciudadanía, y sin que ello esté condicionado a disponer o no de un trabajo remunerado ni al cumplimiento de ningún otro requisito que no sea el de residencia. Cómo afirma Daniel Raventos Pañella, “La renta básica, sin duda, es un dique contra la incertidumbre”.
Asimismo, es importante puntualizar que la RBU no cuestiona al capitalismo en sí mismo, por ello hay defensores de todas las vertientes, y posiciones ideológicas. También se lo defiende y auspicia desde sectores marxistas, así el economista crítico español y uno de sus precursores, José Ignacio Fernández afirma: “Para enfrentar esta realidad política y social… en todo el mundo, coincidimos con Van Parijs en que es necesario reflexionar sobre un nuevo sistema de protección social, nuevo en el sentido de sustituir buena parte de la Seguridad Social actual por la implantación de la RB, pero también mantenemos que ha llegado el momento de enfrentarse al capitalismo del próximo milenio con nuevas armas y conceptos, con una propuesta político-social que sea también lo más antiglobalizadora, anticapitalista posible. (Iglesias; marzo de 2001)”11.
V.- Viabilidad económica en nuestro país
En medio de la renegociación con los acreedores externos, con una economía que hace años no crece, los estímulos para la recuperación provendrán del Estado. Las medidas que se ensayen en este tiempo tendrán impacto inmediato y repercusión en el mediano plazo. Pero, aunque parezca un contrasentido, la mira no debe estar puesta en la coyuntura. Quizá sea el momento de ensayar reformas de fondo, ejecutando movimientos que requieran el consenso contundente de todos los actores políticos y sociales.   En ese sentido, a nadie escapa que la estructura tributaria argentina adolece de serias deficiencias, desde el punto de vista de la justicia fiscal. Nadie ignora que las reformas encaradas en los años noventa arrojaron como saldo el deterioro del tejido social. Luego del desmantelamiento del estado de bienestar, a la salida de la convertibilidad se intentó poner a las políticas públicas en escena.
Dada la imposibilidad de reconstruir el mercado de trabajo, se utilizaron instrumentos de transferencia directa para aminorar los efectos de la desocupación estructural. Se hizo un largo recorrido, desde los planes de jefes y jefas de hogar, hasta la universalización de la seguridad social, a través de la inclusión previsional y la asignación universal por hijo. Hoy día se ha establecido el IFE.
Indudablemente, ampliar el espectro de cobertura y llegar a lo que denominamos sistema de protección de tercera generación implica una redistribución del gasto público, pero, también, un incremento de la presión fiscal hacia el capital, (imposición directa), a las transacciones financieras, así como medidas de personalización del IVA que admiten una amplia variedad de instrumentación (al tratarse de un impuesto harto regresivo desde que grava el consumo directo)12.
 
VI. Conclusión:
En conclusión, sabemos que las crisis distribuyen sus efectos de manera desigual, exponiendo las distancias materiales que requiebran la cohesión social. Ya se encuentra en el debate público la consideración de un impuesto a las grandes fortunas; creemos que se trata de una primera aproximación al sistema. La justicia fiscal reclama por reformas más profundas. La disciplina fiscal, el desendeudamiento y una amplia política de transferencias, como el IFE, son sin dudas medidas a la altura del desafío. También el combate a la radicación de activos en el exterior y la elusión de tributos en general. Si el aislamiento fue la respuesta colectiva frente a la pandemia, la solidaridad debe ser el medio para conseguir nuevamente la justicia social que nos adeudamos.13
1Abogada laboralista y docente de la Facultad de Derecho de la UNR/ Abogado tributarista y docente en la Facultad de derecho de la UNR.
2El gobierno nacional ha avanzado en la implementación de medidas que toman algunas de sus características. Por Decreto del PEN 310/2020 del 24/03/2020 se estableció: «Instituyese con alcance nacional el “INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA” como una prestación monetaria no contributiva de carácter excepcional destinada a compensar la pérdida o grave disminución de ingresos de personas afectadas por la situación de emergencia sanitaria declarada por el Decreto N° 260/20, y demás normas modificatorias y complementarias. En principio iba a ser un pago único de $ 10.000 en el mes de abril, pero se ha dispuesto un segundo pago del mismo monto en el mes de junio. Monto que es compatible con la Asignación Universal por hijo y por embarazo.
3BERARDI, Franco., “Crónica de la Psicodeflación #1”, Caja Negra Editora, Crónica del 13 de marzo, https://cajanegraeditora.com.ar/blog/cronica-de-la-psicodeflacion/ recuperado el 28/04/2020 (Se aclara que esta crónica -a manera de diario-, comenzó a escribirla el autor el día 21/02/2020).
4La RBU puede considerarse hoy día, como un conjunto de propuestas que tratan de aplicarse en un mundo de grandes complejidades en la estructura tributaria pero con un claro objetivo redistributivo.
5Las variantes de IBU combinan diferentes modalidades de cobertura, grados de incondicionalidad, pero fundamentalmente ya no son entendidos como el único criterio de justicia distributiva, lo que quiere decir, entre otras cosas, que las actuales variantes de IBU consideran la existencia de diversas imposiciones tributarias, además de la requerida para financiar los ingresos básico”. https://www.ambito.com/opiniones/ingreso-basico-universal/cuantos-lo-recibirian-hoy-si-se-hubiese-lanzado-2004-n5105470. Avaro, Dante. (Texto elaborado con la colaboración de Juan Barce (recuperado 2/06/2010).
6TORRENS MÈLICH, L., “Entrevista: Lluís Torrens Mèlich”, en Galde 18, primavera/2017, https://www.galde.eu/es/entrevista-lluis-torrens-melich/ al 06/04/2020.
7RAVENTÓS, D., ARCARONS, J., TORRENS, L., La renta básica incondicional y cómo se puede financiar. Comentarios a los amigos y enemigos de la propuesta”, Red Renta Básica, http://www.redrentabasica.org/rb/la-renta-basica-incondicional-y-como-se-puede-financiar-comentarios-a-los-amigos-y-enemigos-de-la-propuesta/ (26/07/2017) recuperada al 28704/2020
8“Según estimaciones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), se prevé que la actividad económica de la región se contraiga el 5,3% en 2020. En la medida en que la dinámica de la pandemia se prolongue y las medidas de distanciamiento físico sigan siendo necesarias, cabe esperar que la contracción sea mayor a la proyectada. La fuerte caída del producto interno bruto tendrá efectos negativos en el mercado de trabajo y para 2020 la CEPAL proyecta un aumento de la tasa de desocupación de al menos 3,4 puntos porcentuales, hasta alcanzar una tasa del 11,5%, lo que equivale a más de 11,5 millones de nuevos desempleados. De profundizarse la contracción económica, la tasa de desocupación será mayor. Según estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la crisis sanitaria provocada por el coronavirus y las medidas de confinamiento provocan una pérdida de alrededor del 10,3% de las horas de trabajo en el segundo trimestre de este año, lo que equivale a 31 millones de empleos a tiempo completo (suponiendo una jornada de 40 horas semanales)”. (Cepal-OIT. Coyuntura Laboral e América Latina y El Caribe. Mayo 2020. Nro. 22, pág. 5).
9¿Qué es Ingreso Ciudadano?, Ingreso Ciudadano. Red Argentina de Ingreso Ciudadano, https://ingresociudadano.com.ar/que-es-ingreso-ciudadano, recuperada al 28/04/2020
10En la finalización de la fase expansiva de los años 70 y la aparición del paro de masas, en diversos países se implementaron las llamadas políticas de «activación» de sistemas de protección frente al desempleo, que dieron lugar a distintas medidas que presionaban a los perceptores de las rentas mínimas para la «vuelta el empleo» y que tienen como modelo extremo el «workfare» USA «trabajo obligatorio a cambio del subsidio». Estas medidas consisten en controles continuos del cumplimiento de las condiciones de las rentas, de planes de inserción y de convivencia o cohabitación. En general tienen como elemento común el de estigmatizar a sus perceptores como inútiles, vagos, o que no intentan encontrar un empleo con suficiente empeño, y que en consecuencia son una carga para la sociedad. Se pretendió hacer a los desempleados responsables de su situación y de la mala oferta de empleo. De esta manera, se logró abaratar los sistemas de protección, y sobre todo el mercado de trabajo (en especial el menos cualificado) forzando a tomar cualquier trabajo en cualquier condición…. (Recomendamos la película de Ken Loach “Daniel Blake”).
11Puede verse la interpretación de P. Van Parijs más elaborada en José Iglesias Fernández, «La Renta Básica y los derechos humanos», El vuelo de Ícaro, núm. 1, marzo de 2001.
12Financiar los IBU con el IVA parece interesante porque permite establecer un marco de transición fiscal de varios años (…). Un horizonte de transición fiscal holgado permite iniciar un proceso de justicia distributiva ordenado, institucionalizado y argumentado, al tiempo que atender la urgencia de los grupos más desfavorecidos de la sociedad. https://www.ambito.com/opiniones/ingreso-basico-universal/cuantos-lo-recibirian-hoy-si-se-hubiese-lanzado-2004-n5105470. Avaro, Dante. (Texto elaborado con la colaboración de Juan Barce (recuperado 2/06/2010).
13Recientemente el gobierno español ha puesto en marcha el Ingreso Mínimo Vital como una renta mínima a partir del 15 de junio dirigida a los hogares en una situación de «pobreza severa», que cifran en un 20%. Esta ayuda es para una familia, no por personas, y solo para uno de los miembros adultos de la unidad de convivencia, aunque se tengan en cuenta los ingresos de varios. Entre los requisitos se solicita: Tener entre 23 y 65 años, salvo que haya menores a cargo, y acreditar residencia legal y efectiva en España de forma ininterrumpida durante al menos un año antes de la solicitud. Además de la tipología del hogar, las cuantías de esta ayuda dependerán de la renta y del patrimonio familiar, excluida la vivienda habitual. En principio, podrán acceder a la renta mínima las personas que en su declaración de la renta de 2019 acrediten no llegar a la Renta Mínima Garantizada. Sin embargo, aquellas que hayan visto caer sus ingresos más de un 50% en 2020, podrán solicitarla aportando una Declaración Responsable. (https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/).
 

Imagen: Judith Gogdwin, Epic, 1959

https://denverartmuseum.org/exhibitions/women-abstract-expressionism

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