#106
No alcanzan las sorpresas
Por Redacción

Dorothea Tanning
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No alcanzan las sorpresas en este mundo laboral tan tergiversado y brutal. Pero que una empresa como FB Líneas Aéreas SA le haga firmar un pagaré a un trabajador por USD 32.500 por los gastos que implicaría formarlo para tareas de piloto (cursos, capacitación, etc.) y que, sin perjuicio de no acreditarse gasto alguno, pretenda luego ejecutar el referido pagaré, ya supera el límite de lo imaginable. Aunque en esta sociedad y en esta coyuntura no hay situación que parezca de otro planeta. (Ver en Jurisprudencia el fallo de la Sala V CNAT sobre este caso). –
El día 1reo de setiembre asumieron las nuevas autoridades de nuestra Asociación y se efectuó paralelamente la reunión de Consejo Directivo para tratar diversos temas. Venimos mal. Cuando llegamos nos encontramos con una mesa con una picada memorable y unos vinitos de aquellos. No recuerdo que tratamos, pero la pasamos de diez. Me preocupan donde irán a parar los fondos de la Asociación de continuar con estas prácticas, pero seguro que nos vamos a divertir. –
Leíamos en Tiempo Argentino que la Legislatura Porteña reaprobó el traspaso o en realidad el vaciamiento de la justicia laboral, con el voto favorable del oficialismo y sus socios., y con la llamativa abstención del peronismo. Destaca el artículo que solo en Frente de Izquierda rechazó la iniciativa. Allí se señala que “el embate representa la estación final de un proceso de erosión de la Justicia Nacional del Trabajo que comenzó con el macrismo que denunció la existencia de una supuesta industria del juicio orquestada por abogados laboralistas y jueces del fuero nacional. La idea de una suerte de asociación ilícita con el propósito de judicializar el mundo laboral contrasta con los datos; apenas el 2% de los trabajadores lleva adelante juicios laborales cuando la informalidad afecta a más del 40% de la fuerza laboral”. Sin palabras.
El Gobierno estableció la nueva escala respecto del Salario Mínimo Vital y Móvil. Con la sensibilidad que lo caracteriza y el apoyo de las patronales también sensibles ante la vida de quienes en realidad producen la riqueza de la cual ellos se apropian, se fijó dicho salario para setiembre en $ 383.000 mensuales y $ 1.919 por hora. Pero a no preocuparse, pues en abril de 2027esos ítems serán de $ 437.000 y 2.185.- respectivamente. Reitero, uno es el salario mensual y otro el salario horario y en pesos. Aclaro porque se podría equivocadamente pensar que se trata de salario diario y/o por minuto respetivamente o sumas en dólares. Pero no. Fiel a sus principios, gobierno y patronales mantienen su coherencia. Cuanta más miseria y explotación mayor ganancia…pero algo no cierra…o mejor dicho cierran empresas y aumentan los desocupados. Otra Lágrima que requiere de su enjuague para fortalecer la lucha por ese cambio social tan urgente como necesario.
Esto no ha sido suficientemente difundido, pero es de una gravedad inusitada. El Procurador General de la Nación Eduardo Casal aprobó una guía que pone el foco en lo que denomina “Ciclo Terrorista”, una serie de comportamientos que indicarían una posible adhesión futura a ataques “terroristas”, habilitando la infiltración en todo tipo de redes sociales, grupos de WhatsApp, asambleas virtuales o presenciales (extraído de YouTube). Es gravísimo pues con ese concepto, todos somos potenciales terroristas. De terror. –
A veces los argumentos de algunas sentencias son tan absurdos y lejanos a la realidad que literalmente asustan, porque dejar en manos de esos jueces el destino de los y las trabajadores…mamita. El juzgado IX de San Miguel de Tucumán argumenta sobre la legitimada del pago de la sentencia en cuotas, señalando que “el derecho de propiedad del trabajador recae sobre el valor del crédito reconocido y no sobre la inmediatez absoluta de su percepción”. Maravilloso. Un trabajador despedido cuyo único medio de vida es su salario del cual obviamente carece ante el despido, no necesita< el c obro inmediato de su crédito y puede por tanto financiar a quien ilícitamente lo despidió y le debe la indemnización pertinente, pues como el mismo fallo dice “la viabilidad del pago mediante cuotas ante una situación económica crítica es un acto de realismo jurídico y social”. Realismo social es ver como un derecho humano esencial debe ser protegido y que sea la víctima quien financie a quien seguro no va a padecer necesidades esenciales, es de una brutalidad argumental inconcebible. Como ya dijimos, que, en ese caso, que al empresario lo financie la entidad bancaria donde se depositan los sueldos, pero jamás el o la trabajadora.
Un/una colega nos envía un comentario que corresponde resaltar. Nos informa sobre la actitud de algunos jueces y fiscales del fuero que ante lo dispuesto en el art. 79 de la Ley 28702 que prácticamente elimina la competencia laboral cuando el demandado es parte del Estado, rechazan la excepción de incompetencia que se interpone y mantienen la causa en el fuero laboral-. Cita al respecto a José Ramonet, Sebastian Moreno Espeja, Laura Castagnino, Alejandro Segura, Juan Manuel Domínguez; Mirta Sonia Alvarez y Héctor Giacin, indicando asimismo que puede que omita señalar a otras personas que están en la misma línea.
No obstante ello, no podemos omitir que otros colegas manifestaron su preocupación respecto de algunas de las personas citadas en dicha nómina y que como en el caso de cierto fiscal que rechaza, según señalan, sistemáticamente todo pedido de reinstalación de activistas o delegados gremiales despedidos. Como vemos en Lágrimas y Sonrisas tenemos diversas lecturas como corresponde a un ámbito democrático.
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