abril 2026

La obligatoriedad de los precedentes de la Corte Suprema en las causas laborales

Ana Mercedes Hoyos – Milagros (de la serie Génesis) – 2013

Dorothea Tanning

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Stare decisis y la paradoja del mentiroso 

Introducción:

Este artículo es una primera aproximación a una de las tantas problemáticas generadas por la reciente sanción de la Ley 27.802 (BO 6/03/2026), autodenominada “Ley de Modernización Laboral”. Se trata de la obligatoriedad de los precedentes de la Corte Suprema en las causas de índole laboral establecida en el art. 89 de dicha ley.

Esta disposición establece: “Los jueces que resuelvan causas de índole laboral deberán, de forma obligatoria, adecuar sus decisiones a los precedentes establecidos por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN en la materia.

El apartamiento infundado de los magistrados respecto de dichos criterios configurará una causal de mal desempeño en sus funciones”

De esta manera, los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la materia serían obligatorios para los jueces en las causas de índole laboral, configurando causal de mal desempeño en sus funciones el apartamiento infundado respecto de dichos criterios.

En el presente artículo analizaremos los alcances de esta reforma, su viabilidad jurídica y fáctica.

Lee la nota completa aquí: La obligatoriedad de los precedentes de la Corte en las causas laborales – Elgorriaga

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