diciembre 2021

Presentación del libro “Elementos actuales de Derecho del Trabajo” en homenaje al Profesor Moisés Meik

Dorothea Tanning

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La obra “Elementos actuales de Derecho del Trabajo” es una obra jurídica de homenaje al Profesor Moisés Meik, un notable cultor del Derecho del Trabajo de Argentina y América Latina. Los autores que reconocen en él al Maestro, son: Guillermo Contrera Luis Raffaghelli Viviana Dobarro Guillermo Gianibelli David Duarte, coordinados por Contreras y Rafaghelli. El acceso a la obra es totalmente libre y gratuito, mediante este link:
La edición y su distribución, en esas condiciones de libre acceso, es una gentileza de EDITORES – Fondo Editorial. Esta decisión es la medida de Moisés Meik, como él lo hubiera querido. De Moisés aprendimos que el único conocimiento socialmente útil, es el que compartimos. Socializar el conocimiento, para una sociedad más justa e igualitaria, para que un mundo mejor sea posible.
Pensamos en una obra de gratificación y reconocimiento a su figura, como tantas generaciones de laboralistas, siempre impulsados y ayudados por él, a través de su otra pasión: la construcción colectiva del conocimiento de los derechos sociales.
También fue notable su tarea académica en innumerables congresos y jornadas donde dejaba su palabra elocuente y pensamiento profundo, y en la catedra desde el Instituto de Derecho Social de la Universidad Nacional de La Plata.
Quienes asumimos la obra, fuimos dirigidos por él en el libro “Trabajo y Derechos” que vio la luz en 2014 y se agotó rápidamente.
Por ello, nos hemos propuesto reflejar en cada capítulo notas de sus ideas y traerlas a la actualidad como Meik lo quiso: estudiar, trabajar y luchar por un mundo del trabajo mejor y más justo, en una sociedad igualitaria.
Sobran los motivos para realizar una obra jurídica de homenaje al Profesor Moisés Meik, un notable cultor del Derecho del Trabajo de Argentina y América Latina.
Meik ejerció durante décadas la abogacía del trabajo, con pasión y talento, dos de sus características distintivas.
Luego ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, como juez del trabajo en sus queridos distritos de Morón y La Matanza, función en la que dejó huellas indelebles de cómo buscar la verdad y acercar la justicia al más débil.
Pensamos en una obra de gratificación y reconocimiento a su figura, como tantas generaciones de laboralistas, siempre impulsados y ayudados por él, a través de su otra pasión: la construcción colectiva del conocimiento de los derechos sociales.
También fue notable su tarea académica en innumerables congresos y jornadas donde dejaba su palabra elocuente y pensamiento profundo, y en la cátedra desde el Instituto de Derecho Social de la Universidad Nacional de La Plata.
Quienes escribimos en esta obra, fuimos dirigidos por Moisés, en el libro “Trabajo y Derechos” de Editora Platense, que vio la luz en 2014 y se agotó rápidamente.
Hemos denominado la presente como “Elementos actuales de Derecho del Trabajo”, ya que los temas desarrollados son ciertamente muy debatidos en este tiempo.
El pensamiento de Meik ha sido un hilo conductor, en sus vectores principales: un Derecho tutelar AL y del Trabajo, unido estrechamente a los derechos humanos, expresado en el bloque de constitucionalidad federal y en los principios de no discriminación, progresividad y pro persona.
Cada capítulo refleja notas de las potentes ideas de Meik y su notable actualidad, tal como él lo quiso: estudiar, trabajar y luchar por un mundo mejor y más justo, con espíritu crítico en el conocimiento de los derechos sociales.
Contrera aborda dos temas que hacen a la centralidad del trabajo en la sociedad humana: la igualdad de trato y el principio de no discriminación como ejes de relaciones laborales regidas por la protección y la justicia social.
Ello no podría lograrse en un mundo del trabajo con violencia y acoso laboral, otro de los grandes temas en los que se adentra.
Analiza los estándares probatorios de la discriminación, un tema álgido y de notable actualidad en la jurisprudencia.
El derecho al trabajo, otra de las grandes preocupaciones de Meik no pasan desapercibidas para Contrera y de allí dispara reflexiones nada menos que al derecho de comer y descomer.
Luego trata otros temas de no menor complejidad: el trabajo de cuidados no remunerado y las nuevas demandas generadas por colectivos feministas y LGBTTINB+ que constituyen un reto para los operadores jurídicos y para la sociedad toda.
Raffaghelli analiza la responsabilidad social empresaria en el marco económico global, particularmente de las empresas internacionales. Los códigos de conducta en las cadenas de suministro y producción que fuera especial motivo de investigación de Meik, y la construcción paulatina de un marco de negociación a ese nivel con presencia sindical, sobre diversos temas entre ellos la salud y seguridad laboral. Luego entra en el debate sobre la perspectiva de género en la conducción empresarial.
La tercerización como degradación de la estabilidad lo conduce a otro de los aportes sustanciales de Moisés Meik.
Repasa el estado de la cuestión en accidentes y enfermedades laborales, las polémicas inconclusas del tema y las dificultades competenciales en la justicia nacional del trabajo.
Finalmente analiza la responsabilidad empresarial en materia de derechos humanos y la experiencia argentina trayendo el debate sobre los últimos pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Dobarro analiza los cambios que se han operado en el mundo del trabajo a partir de la incorporación de las nuevas tecnologías y su impacto en la persona humana que desarrolla tareas en este nuevo escenario.
La empresa ha cambiado, la forma en que se prestan tareas ha cambiado y también quienes realizan dichas tareas. En ese contexto, se pregunta si estamos frente a trabajo prestado en relación de dependencia o en forma autónoma y cuáles son los derechos fundamentales que asisten o tutelan a estos trabajadores y trabajadoras.
Reflexiona acerca de las nociones centrales del Derecho del Trabajo, aquéllas que lo diferenciaron de otras ramas del Derecho y que le dieron razón de ser y si resultan aplicables a estas modalidades.
Busca desentrañar si los trabajadores y trabajadoras de plataforma tienen estabilidad en el puesto de trabajo, si los alcanza la protección frente al despido arbitrario o están precarizados. En particular, teniendo en cuenta la centralidad que el Profesor Meik le asignó al estudio sobre la estabilidad laboral y a modo de homenaje a su legado jurídico.
Revisa el estado de la cuestión en el ámbito de la Organización Internacional del Trabajo y en la doctrina y jurisprudencia nacional e internacional.
Duarte describe la interrelación entre el Derecho del Trabajo y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, remarcando su humanismo conductor, las fuentes del derecho humano del trabajo y los principios de los derechos humanos, reivindicando su operatividad, irregresividad y progresividad.
Luego explica el Derecho Internacional del Trabajo y la OIT a la luz de sus 100 años de existencia destacando la significación jurídica de sus Convenios y Recomendaciones.
De gran importancia resulta el análisis que nos trae sobre la aplicación de los Tratados Internacionales y el rol de la justicia en los tribunales locales, aspecto que desvelaba a Meik.
Advierte la colisión de derechos constitucionales y la de derechos fundamentales, a la luz del sujeto de preferente tutela y el principio pro homine.
Destaca el rol imparcial pero no neutral del juez en materia de Derechos Humanos.
Gianibelli bellamente señala la lucha por el derecho a la estabilidad como un legado de Moisés Meik, reivindicando conceptualmente la protección contra el despido arbitrario.
Luego se introduce en ese tema tan trabajado por Meik: la expansión constitucional del derecho “AL” trabajo, con todo lo que ello implica en los tiempos que corren.
Repasa nociones de los grandes maestros de la disciplina, que encontró a Meik batallando por la prohibición del despido sin causa como concreción de la estabilidad y el derecho al trabajo, con anclaje en Convenios Internacionales.
Realiza un balance sobre la protección contra el despido arbitrario, un tema que ha cobrado actualidad con propuestas regresivas.
Apunta que las relaciones laborales, tanto en su dimensión individual cuanto colectiva, son esencialmente relaciones de poder, y que el desafío histórico del Derecho Social es la progresiva democratización de esos vínculos, mientras que la estabilidad en el empleo es pilar de esa construcción en la medida que constituye un “derecho para conseguir otros derechos”.
En conclusión, como puede advertirse, la obra además de recoger el legado de Meik, busca con afán lograr que contribuya para quienes se adentren en su lectura, tanto desde el campo académico, como de la abogacía y la justicia del trabajo.

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