julio 2025

La compensación económica de las vacaciones no gozadas

Above the gravel pit – Emily Carr – 1937

Dorothea Tanning

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A partir de lo resuelto por la Sala I de la CNAT en un fallo de fecha 17/03/2025, la autora realiza una aproximación a la problemática suscitada en torno a la procedencia de reclamar la compensación económica de las vacaciones no gozadas por el trabajador, correspondientes a períodos anuales anteriores a las devengadas en el año de su desvinculación laboral.

En el presente comentario analizaremos los argumentos ensayados en un reciente fallo dictado por la Sala I de la CNAT, el cual se aparta de la posición doctrinaria y jurisprudencial predominante, la que viene sosteniendo desde antiguo que la persona trabajadora a la cual no se le hubieran otorgado las vacaciones correspondientes a períodos anuales anteriores al cese contractual y que tampoco hubiera ejercido la facultad prevista en el art. 157, de la LCT, no tiene derecho a reclamar al momento de su desvinculación laboral la compensación económica de las vacaciones no otorgadas debido a la prohibición prevista en el art. 162, de la LCT.

Sumario: I) Introducción. II) Reseña de lo resuelto en el fallo judicial. III) El marco normativo y el criterio doctrinario y jurisprudencial mayoritario. IV) A modo de reflexión final: el derecho del trabajador de reclamar el pago de las vacaciones no gozadas. Una interpretación normativa armónica con el “principio protectorio”.

Leer o descargar el artículo aquí: La compensación económica de las vacaciones no gozadas – RAMÍREZ

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