#99
Legislación
Por Redacción
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EN ESTA SECCIÓN SE PUBLICAN EXTRACTOS DE LAS LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES QUE SE CONSIDERAN MÁS IMPORTANTES EN LO QUE SE REFIERE AL DERECHO DEL TRABAJO. SE EFECTÚA UNA SÍNTESIS DE LOS ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LAS NORMAS DE QUE SE TRATE, SIN PERJUICIO DE RESALTAR LA NECESIDAD DE LA DE LA LECTURA DE LA TOTALIDAD DE LAS DISPOSICIONES EN CUESTIÓN, PARA UNA MEJOR COMPRENSIÓN Y APLICACIÓN DE LAS MISMAS. SE EVITA EN ESTA SECCIÓN ANÁLISIS RESPECTO DE LAS NORMAS PARA NO GENERAR CONFUSIONES ENTRE EL CONTENIDO DE LAS MISMAS Y SU VALORACIÓN.
1) RESOLUCIÓN Nº 659/2024 – SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL – PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA:
Publicado en el Boletín Oficial: 16/10/2024
Modifica las Resoluciones Nº 1376/2021, 375/2022 y 1229/2022 de la entonces Secretaría de Empleo;
Modifica los Reglamentos de la Línea de Formación Profesional Sectorial, del Componente de Formación Profesional Básica y de la Línea de Formación Profesional con Organizaciones de la Sociedad Civil.
2) RESOLUCIÓN Nº 71/2024 – SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO – RIESGOS DEL TRABAJO — RÉGIMEN LEGAL DE LAS PRESTACIONES DINERARIAS — ACTUALIZACIÓN DEL IMPORTE SURGIDO DE LA APLICACIÓN DE LA EQUIVALENCIA DEL VALOR MÓDULO PREVISIONAL (MOPRE):
Publicado en el Boletín Oficial: 24/10/2024
Establece en $ 55.615,67 el importe que surge de aplicar la equivalencia contenida en el primer párrafo del artículo 15 del Decreto N° 1.694 de fecha 05 de noviembre de 2009, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de la ANSES N° 979/2024;
Dispone que la presente resolución entró en vigencia el día 1 de noviembre de 2024.
3) RESOLUCIÓN GENERAL Nº 5599/2024 – AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO A.R.C.A. – MODERNIZACIÓN LABORAL – CREACIÓN DEL «PADRÓN DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES CON COLABORADORES (PADIC)» – NORMA COMPLEMENTARIA DE LA LEY 27.742:
Publicado en el Boletín Oficial: 8/11/2024
Crea el servicio denominado «Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores» (PADIC), en el que deberán registrarse las relaciones entre los trabajadores independientes y los colaboradores independientes que se encuadren en el régimen previsto en el Capítulo IV del Título V de la Ley N° 27.742.
Establece que las personas humanas en su rol de trabajadores independientes podrán contar con un total de hasta tres colaboradores independientes, de forma simultánea, para llevar adelante uno o más emprendimientos productivos.
Dispone que el colaborador independiente podrá realizar actividades de forma concurrente y tendrá la libertad de mantener simultáneamente contratos de colaboración, de trabajo o de provisión de servicios con otros contratantes.
Establece que a fin de registrar la relación en el «PADIC», previo al inicio de la prestación de tareas por parte de los colaboradores, los trabajadores independientes deberán ingresar a dicho servicio -disponible en el sitio «web» institucional-, con «Clave Fiscal» habilitada con Nivel de Seguridad 3 como mínimo, conforme lo dispuesto por la Resolución General Nº 5.048 (AFIP) y su modificatoria, y crear el nuevo emprendimiento productivo a través de la opción «Agregar Emprendimientos», informando -con carácter de declaración jurada- los datos que se detallan.
Establece que los colaboradores independientes tendrán un plazo de 72 horas a fin de ingresar en el «PADIC» con «Clave Fiscal» y confirmar o rechazar su participación en el emprendimiento productivo a través de la opción «Aceptar o Rechazar». Vencido el plazo, serán dados de baja de la registración en el «PADIC».
Dispone que la confirmación de la participación por parte del colaborador independiente tendrá carácter de declaración jurada en los términos previstos en el tercer párrafo del artículo 24 del Anexo II del Decreto N° 847/2024.
Establece que los trabajadores independientes podrán rescindir en cualquier momento el vínculo de colaboración, debiendo informarlo en el «PADIC», ingresando al emprendimiento correspondiente y seleccionando la opción «Modificar»/»Datos de los Colaboradores».
Establece que los colaboradores independientes también podrán rescindir en cualquier momento el vínculo de colaboración, a cuyo fin deberán ingresar al «PADIC» y seleccionar la opción «Rescindir».
4) RESOLUCIÓN Nº 718/2024 – MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO – COMITÉ CONSULTIVO PERMANENTE DE LA LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO – CONVOCACIÓN A SESIÓN ORDINARIA:
Publicado en el Boletín Oficial: 19/11/2024
Convoca al Comité Consultivo Permanente de la Ley de Riesgos del Trabajo previsto en el artículo 40 la Ley N° 24.557, a reunirse en sesión ordinaria el día 21 de noviembre de 2024, a las 14 hs., en la Sede de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL sita en la Av. Leandro N. Alem N° 650 CABA.
Fija para las sesiones ordinarias de la presente convocatoria el tratamiento del siguiente Orden del Día:
1. Anteproyecto de Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
2. Proyecto de Decreto de actualización del Decreto N° 659 del 24 de junio de 1996, relativo a la Tabla de Valoración de Incapacidades Laborales, propuesto por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
Solicita a la CGT la designación de cuatro representantes titulares y 4 alternos para integrar el Comité.
Solicita a las organizaciones empresariales más representativas la designación de 4 representantes titulares, de los cuales 2 serán del sector PYMES y 4 alternos, de los cuales 2 serán también del aludido sector, para integrar el Comité.
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