#93
¡Ahhh, la abogacía laboralista!
Por Redacción
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En homenaje a Piolín de Macramé*
Acerca del abogado mi homenajeado habría dicho que es una persona que siempre tiene un problema para cada solución. Cuando trabaja como juez, en cambio, es quien tiene como función la de proveer las soluciones, pero a veces desconoce los problemas.
Pero como se trata de una actividad que también requiere del título de abogacía, el nudo gordiano puede darse en la Suprema Corte, cuyos componentes, ministros o cortesanos puedan ser un gigantesco problema para una sociedad que no atina ni acierta a suministrarle soluciones. Eso acontece porque en los otros poderes del estado sobran quienes operan como si el mero aceptar las soluciones que proporciona la Constitución Nacional resultara su principal y verdadero problema: eso no se dice, de eso no se habla, pero por sobre todo eso no se toca, porque si no adviene la temible democracia hasta en el aparato judicial.
Retornando ‘da capo al fine’. En el problemático campo profesional de la abogacía hay diferencias por especializaciones funcionales. Los abogados y abogadas laboralistas, como ejemplo de ellas, están compelidos a conocer los problemas y a pelear con armas melladas en busca de soluciones. Y se pueden dividir en dos subespecialidades: los y las que suelen saber bastante de derecho de las relaciones individuales de trabajo pero poco y a veces nada del derecho de los conflictos colectivos y sindicales. Y, por supuesto, están sus opuestos, que solo manejan las herramientas del derecho de los conflictos colectivos. En la enseñanza universitaria predominan los primeros, salvo honrosas excepciones confirmatorias de la regla. Lo que puede en muchos casos derivar en que sus alumnas y alumnos pueden obtener un título habilitante sin saber qué significa la voz convenio colectivo o un sindicato; o, en el otro extremo, teniendo que hacer un posgrado para redactar un telegrama obrero. Por supuesto que peor les irá, como ya lo está marcando alguna experiencia, si optan por rellenar sus dudas con el chatGPS y su honda sabiduría artificiosa.
La abogacía laboralista se diferencia nítidamente de la empresarial en que el sujeto de su tutela profesional es el trabajador y no quienes lucran con el consumo de su fuerza de trabajo. Vienen a ser como los médicos, que tienen que amparar al enfermo y no proteger a la enfermedad; de lo que suelen ocuparse ciertos laboratorios. Solo que algunas cátedras e instituciones del derecho del trabajo están comandadas por abogados y abogadas empresariales. Eso puede crear algunas confusiones, que se resuelven calificando a los defensores de derechos de las y los trabajadores como industriales del juicio, y excluyendo de tal epíteto a los otros, dignos combatientes contra semejante industria. Aunque su éxito como juslaboralistas consista en la extinción del derecho del trabajo, en una especie de quintacolumnismo que es ‘rara avis’ en otras profesiones.
Claro que un problema aún mayor se origina cuando esos mismos abogados de especialización empresarial son elegidos para ejercer su cometido como jueces y juezas de trabajo. Pero eso también es de difícil solución, porque la vocación y la ideología para hacer cumplir aquello de que el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de la ley no aparecen en las evaluaciones de antecedentes en los concursos; y menos aún predomina en quienes, siendo también abogados, tienen a su cargo la tarea de proponer la designación de jueces y juezas en los consejos de la magistratura, en la propuesta del poder ejecutivo y en la decisión aprobatoria parlamentaria.
* Piolín de Macramé fue el seudónimo que utilizaba para hacer humor Florencio Escardó, un médico sanitarista y un humanista enciclopédico; el que transformó para siempre la práctica pediátrica en el Hospital de Niños, desde esa Sala 17 en la que los enfermitos se curaban más rápido junto a sus madres, y que generaba sus greguerías denominadas ¡ohhh¡ y ¡ahhh¡ en la primera plana del diario vespertino La Razón y con otros títulos en otros medios, recogidas parcialmente en un libro, precisamente titulado OH.
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