noviembre 2018

Perón y los orígenes del Fuero del Trabajo

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Comisión Directiva Nacional U.E.J.N.

“Pepe voy a elevar al Presidente el proyecto de Decreto por el que creamos el Fuero Laboral. Mire que en esta ley usted y yo nos jugamos por todo lo que hicimos y por todo lo que tenemos que hacer”. Esto le decía el entonces Coronel Juan Domingo Perón a cargo de la Secretaría de Trabajo y Previsión al Secretario General de esa secretaría el catalán José Francisco Figuerola. Don Jorge Antonio relató, al autor de esta nota, que en todo momento Perón destacó la necesidad de contar con un Fuero del Trabajo fuerte, con poder, porque “si no de nada sirven las leyes sociales”. Por ello Don Jorge recordaba las palabras del comienzo y el costo político que significó su puesta en marcha.
Pocos días más tarde (30 de noviembre de 1944) el presidente General Edelmiro Farrell firmaba el Decreto 32347 por el que se creaba la nueva justicia. La nueva norma publicada en el Boletín Oficial el 13 de enero de 1945 llevaba la firma del Presidente y del Coronel Juan Domingo Perón a cargo de la STP.
El proyecto fue concebido en la Asesoría Jurídica de la STP, por entonces a cargo del Doctor Eduardo Stafforini, quien contó con la colaboración de los abogados Luis Rufo y Cesar Martinez Vivot. Mientras que el mentor ideológico de esta iniciática fue José Francisco Figuerola en comunión con el plan estratégico que ponía en práctica el Coronel Perón.
José Figuerola era un experto en estadística y venía de España, donde integró el equipo del Ministerio de Trabajo, Industria y Comercio del gobierno de José Primo de Rivera. Una vez caído ese régimen (enero de 1930) se exilió en Paris, para luego tomar contacto con el gobierno del General Uriburu. Así llegó al país (1930) para trabajar en la Dirección Nacional del Trabajo a cargo de Eduardo F. Maglione. Y en el Primer Congreso Nacional del Trabajo (marzo de 1931) reclamó la creación de un ministerio que debía coordinar la cuestión obrera a través de una ley de asociaciones profesionales (La Nación 22/3/1931). Luego creó la Revista de Derecho Social junto a Maglione (1931/1934). Si bien Figuerola nunca se apartó en sus contribuciones de su especialidad en estadística, fue claro que su ideología no era de izquierda (en España había sido parte en la dictadura riverista) por lo que fue evidente que las cuestiones sociales fueron abordadas desde otras ideologías, como lo demuestra la legislación laboral y creación del Fuero en el Brasil de Getulio Vargas o la misma España de Franco que desde 1938 contaba con una Justicia del Trabajo.
Pero no fue fácil la implementación del nuevo Fuero. El Coronel Perón desarrolló entonces una campaña sin precedentes en la STP. Durante ese año (1944/45) no bastó con la cantidad de decretos que fueron creando un conglomerado de normas en favor de la clase obrera, como aguinaldo, vacaciones, accidentes, ley del peón rural, sino que recorría el país con sus arengas, hablaba semanalmente en cadena radial, visitaba sindicatos, clubes y sociedades de fomento de todos el país. Según lo verificaron los investigadores, llegó a dar en ese año y medio un discurso cada tres días, hasta el extremo de que en un solo día pronunció siete alocuciones.
La polémica estaba encendida y no tardó el Colegio de Abogados de Buenos Aires en denunciar que el decreto de creación de los nuevo Tribunales del Trabajo: “…atenta contra el principio de la división de poderes y viola garantías de la Constitución Nacional” (reproducido por la Revista del Colegio de Abogados de Buenos Aires de 1945 pp191/192).
Por su parte la Sociedad Rural también se quejaba de la resolución de los conflictos laborales que se proyectaba: “…la misma razón que impide a los jueces prejuzgar, impone a los poderes del Estado mantener la imparcialidad. El Estado no puede perder su carácter de árbitro supremo de los intereses en juego. De otro modo, lejos de facilitar las soluciones, surgen nuevos motivos de dificultad y suscitan infructíferas controversias” (7/7/1945 en Anales SRA Nº 7 – quince días antes de constituirse el nuevo Fuero-).
Todos los sectores empresariales se pronunciaron en contra de la creación del Fuero, incluida la Unión Industrial, que también emitió un comunicado en el mismo sentido. Es que “…pleitear con los abogados de los sindicatos -decía Félix Luna- que demostraban tanta o mayor habilidad leguleya que sus propios abogados, en igualdad de condiciones y en tribunales volcados a la causa obrera o imbuidos del principio del “favor operarii”. Todo esto, que parecía una subversión de valores y era por lo menos una transformación sustancial en el orden de las jerarquías tradicionales, era lo que vejaba profundamente”.
Pero la configuración definitiva del Fuero fue un trámite lento y tortuoso. El primer problema práctico que debió enfrentar la STP fue la designación de los camaristas y jueces de primera instancia, porque además de la edad, antigüedad en el título y ejercicio de la profesión, debían tener “versación en derecho del trabajo”. Tenemos que agregar a los magistrados otras designaciones como la del Procurador General del Trabajo, los fiscales, los miembros de la Comisión de Conciliación, Secretarios de Cámara, Secretarios de Juzgados y demás funcionarios que representaban más de cincuenta cargos y a todos se le requería ese conocimiento en materia de derecho laboral. Debido a la oposición cerrada de grupos de poder no fue casual que muchos de los juristas propuestos no aceptaran cargos en la Justicia.
Finalmente estuvieron los nombres propuestos que debían tomar juramento en la Corte Suprema de Justicia. Pero el máximo Tribunal por Acordada del 4 de julio de 1945, resolvió que no iba a tomar juramento a magistrados de un tribunal de “exclusiva jurisdicción local” y que debían cumplir con ese juramento en la Cámara de Apelaciones en lo Civil por ser sus “tribunales superiores en el orden local”.
La respuesta del Gobierno a la Acordada de la CSJN fue inmediata. El 13 de julio dispuso por Decreto que esos jueces juraran, no ante la Corte, sino ante el Presidente de la Nación. En sus considerandos afirmó que no había tribunales jerárquicamente superiores a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y que por lo tanto no había “sometimiento alguno de esta nueva magistraturas a la superintendencia de esas Cámaras”.
El lunes 23 de julio siete Camaristas del Fuero Laboral prestaron juramento en un gran acto en la Casa de Gobierno ante el Presidente General Edelmiro Farrell, con la presencia del Coronel Juan Domingo Perón, los demás integrantes del gabinete, jefes militares y una nutrida delegación de dirigentes sindicales.
Ese mismo día, los siete camaristas designados, resolvieron “declarar constituido este Tribunal” según consta en el Acta Nº 1 de la flamante Cámara. Los primeros camaristas fueron los Doctores Rodolfo Valenzuela, Enrique Pérez Colman, Domingo Peluffo, Horacio Bonet Isla, Electo Santos, Jorge Juárez y Armando Machera. Según el Decreto 32347/44 la Cámara estaba compuesta por un Presidente, un Vicepresidente y cinco vocales, en suma siete miembros y quedó “Dividida en tres Salas. Cada Sala compuesta por el Presidente y dos vocales”.
En el mismo acto los integrantes de la Cámara resolvieron elegir como Presidente al Doctor Enrique Pérez Colman y como Vicepresidente al Doctor Guillermo Valenzuela. También nombraron Secretarios de cada una de las tres Salas a los Doctores Alberto Trueba, Roberto Podestá y Luis Beltrán.
Al día siguiente, 24 de julio de 1945 a las 17:00 horas (el horario de Tribunales era de 11:30 a 18:00 horas) el Doctor Pérez Colman tomó juramento a los señores jueces de Primera Instancia designados por Decreto 15.338, Doctores Juan Fleitas, Oscar Cattaneo, Rodolfo Zanotti, Elías Arambarri, Guillermo Eisler, Alfredo Morrone, Guillermo Valotta, Marcos Seeber, Esteban Petrocelli, Rodolfo Fernandez, Juan Louge, Raúl Varela, Francisco Albarracín, Oreste Pettoruti, Liberto Rabovich y Agustín Dillon. El día 30 del mismo mes juraron los Doctores Ramiro Podettí y Gustavo Posse. Posteriormente lo hicieron los Doctores Carrillo Bárcena y Teófilo Cuello.
Es importante señalar que con la creación de los Tribunales del Trabajo, también se incorporó a ese Fuero la Comisión de Conciliación. Este Instituto ya venía actuando dentro de la órbita de la STP como Vocalías de Conciliación y Arbitraje. Por el Decreto 32347/44 fueron incorporados a la Organización del Fuero en su art. 5 como Comisión de Conciliación y en los arts. 6, 7, 8 y 9 como Comisiones de Arbitraje. Estas Vocalías siguieron dependiendo presupuestariamente de la STP y funcionaba en un edificio alquilado por esa Secretaría en la entonces calle Cangallo 2425. También el edificio donde funcionó la Cámara en la calle Esmeralda 1366 era alquilado por la STP sosteniendo toda su infraestructura. Además (según Acta Nº 135 de la CNAT del 3/10/1947) cuando se incorporó al Fuero el edificio de Talcahuano 490 y allí fueron trasladados la mayoría de los Juzgados de Primera Instancia, ese edificio fue entregado en posesión por el Ministerio de Trabajo porque todavía en el año 1947 el presupuesto del Fuero, en parte, era ajeno al del Poder Judicial de la Nación.
La resistencia que generó el Fuero del Trabajo en el ámbito judicial continuó con una campaña de desprestigio y una ola de rumores infundados recorrió los pasillos de Tribunales. Luego de la asunción del Presidente Perón (4 de junio de 1946) siguió esta campaña contra la Justicia Laboral, por lo que en el aniversario de su creación (23 de julio de 1946) se organizó un gran acto, que a todas luces tuvo un carácter reivindicativo.
En ese acto el Presidente de la Cámara de Apelaciones del Trabajo Doctor Enrique Pérez Colman dijo: “…cuando acepté el honor que me discerniera el gobierno de la revolución del 4 de junio, solidarizado como me sentía con los postulados de la justicia social argentina…postulados encarnados por vos y por los cuales con vos nos hemos jugado en este Fuero, dije que me atrevía, aún sin méritos personales, a presidir la organización y funcionamiento de estos Tribunales”. Demás está aclarar que cuando decía vos se refería al Presidente Juan Domingo Perón y cuando decía que se había jugado por el fuero, daba a entender que la aceptación del cargo por los siete primeros camaristas aparece como un acto de militancia social.
La creación del Fuero fue central en la construcción de un nuevo orden legal. En el acto de inauguración había dicho Perón: “…esta conquista de la Secretaría de Trabajo y Previsión nos impone obligaciones para esa justicia, que es nuestra justicia y la defenderemos por todos los medios para asegurar que el futuro de los conflictos del trabajo esté siempre en manos incontaminadas” La instauración del Fuero fue tomada como conquista porque según su decreto de creación “…los trámites procesales de la justicia ordinaria, aplicados a los litigios del trabajo resultan formulistas, onerosos y carentes de celeridad que exigen los fines perseguidos por la legislación respectiva”. Por esos el nuevo derecho necesitaba una jurisdicción singular, que además fuera gratuita, expeditiva y simple en sus procedimientos.
El mismo Perón –discurso del 10/8/1944- adelantaba: “…yo he de crear los Tribunales del Trabajo para que los trabajadores sean juzgados por sus propios tribunales, no por los tribunales de la justicia ordinaria. Así terminamos con las falacias y los prevaricatos, a fin de que la justicia esté en manos de los verdaderos magistrados y no de quienes buscan la forma de violarla”. Estaba claro que Perón estaba dispuesto a enfrentar con firmeza a quienes se opusieran a su decisión de construir una nueva Justicia. En otro discurso (9/4/1945) decía “…sabemos muy bien que ya se mueven fuerzas hasta en el foro, diciendo que es inconstitucional. Sabemos muy bien donde van dirigidos esos dardos y por qué se disparan, pero como estamos decididos a defender los intereses de los que “tienen menos intereses” hemos de sacrificar cualquier cuestión para que esto se cumpla”.
A pesar de todas las campañas en su contra que recibió la Cámara de Apelaciones del Trabajo no se registraron antecedentes de un actuar contrario a derecho, ni tampoco sentencias reñidas con el derecho social.
La actuación y el sacrificio de estos primeros siete Camaristas es digna de destacarse. También los veinte jueces de Primera Instancia tuvieron una tarea tenaz, valiente y silenciosa en aquellos críticos tiempos de la creación del Fuero.

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