julio 2025

El ataque a las y los trabajadores y el avance contra el «Estado de derecho»

La Plaza colmada

Dorothea Tanning

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Los derechos de las y los trabajadores están siendo atacados en una forma inédita por su virulencia y avance sobre los principios básicos del denominado “Estado de Derecho”. Ya no se trata simplemente de leyes que se modifican a la luz de una llamativa pasividad de los actores institucionales que debieran oponerse a esta Política regresiva, sino que afectan la normativa constitucional que incluso se manifiestan en la derogación de hecho de la división de poderes y el proceso de formación de las leyes. Derechos humanos fundamentales como la huelga, pretenden ser prácticamente derogados mediante la utilización de la figura del decreto, violentando los arts. 77 y ss de nuestra Carta Magna y cayendo sus responsables en las sanciones previstas por el art. 36 de la misma.

Si bien venimos denunciando desde nuestra Revista la permanente violación en que incurren los poderes del Estado ante esta política esencialmente anti obrera, no deja de sorprendernos el silencio o la inactividad de los mismos. Es así que el Poder Legislativo, más allá de las disidencias parciales, ha permitido y permite que desde el Poder Ejecutivo se destruyan derechos laborales que se detallan en los artículos de la Revista, como así también el proceder de la Corte Suprema que mantiene una pasividad ligada a la complicidad ante el avasallamiento de la Constitución Nacional.

Por añadidura, se desconocen contenidos esenciales del ius cogens como el Principio de No Regresividad así como Declaraciones, Tratados y Convenios Internacionales, como los Convenios de la OIT suscriptos por nuestro país, obligatorios para todos los habitantes incluidos “los que mandan” cuyo incumplimiento pueden generar sanciones contra el país. Ejemplo de esta tesitura es el no tratamiento por los Diputados del inconstitucional y aberrante DNU 70/23 que cuenta con el rechazo del Senado, y el silencio de la Corte Suprema ante tamaño proceder.

Pero lo que no hacen los poderes constituidos, lo hacen los pueblos. Es así que vale en esta instancia traer una fecha emblemática de la lucha del pueblo argentino. Recordamos el 29 de mayo de 1969 donde comienza la caída de la dictadura militar de Onganía en virtud de la movilización popular que bajo la denominación de “Cordobazo” se inició en esa provincia y se extendió al resto del país, generando una de las más grandes rebeliones que forman parte de la memoria histórica popular. Y esa memoria sigue viva, pese al ninguneo de los Medios de Comunicación Masiva que sirven a los intereses del Gran Capital, como pudimos advertir en estos días, y es la que verdaderamente preocupa a la clase dominante y sus esbirros.

Es por ello que las permanentes movilizaciones de las y los jubilados – que van teniendo más y más acompañamientos- son reprimidas con inédita violencia con el claro objetivo de evitar que se extiendan al resto del pueblo. Pero, este gran ejemplo de nuestras/os queridos viejas y viejos (que funcionan), ha sido ejemplo de luchas que hoy no pueden controlar.

Es así que nos permitimos enumerar algunas de ellas a solo título de ejemplo y para mantener justamente viva la memoria: 1) Las y los trabajadores del CONICET que luchan por evitar su desmantelamiento; 2) La Gráfica Morvillo ocupada por sus trabajadoras/es ante su cierre; 3) La rebelión de las bases ante la defección de la dirección de la UTA que firma acuerdos con las empresas conforme “ordena” el PEN; 4) La inmensa movilización del pueblo de Tierra del Fuego en defensa de sus puestos de trabajo; 5) Las movilizaciones permanentes de docentes y no docentes en todo el país ante el vaciamiento universitario y los salarios de miseria que percibe el personal; 6) El caso específico de Catamarca donde una impresionante movilización de docentes acompañadas por el pueblo trabajador hizo retroceder al Gobernador provincial en el intento de degradación educativa; 7) La pelea que se mantiene en el Hospital Garrahan ante otro ataque a la salud en un nosocomio de excelencia internacional lo que constituye un grave delito que debería llevar al procesamiento los responsables.; 8) En el mismo campo de la salud, la resistencia de los autoconvocados en defensa de los derechos que amparan a quienes se encuentran discapacitados ante la eliminación de servicios de educación, salud y rehabilitación; 9) La sostenida rebelión del feminismo y la diversidad ante la embestida contra sus derechos y el desfinanciamiento grave que sufre el espacio. 10) El inconcebible no mentado por la Prensa unánimemente, del «Plan de Lucha» que lleva adelante el Personal de la Planta de Dióxido de Uranio con sede en Córdoba desde Mayo, Unidad Productiva que además de abastecer las necesidades de cobalto en materia de medicina atómica, es un elemento decisivo para el funcionamiento de nuestras Centrales Nucleares.

Es probable que esta enumeración omita una cantidad de conflictos que se están desarrollando ante políticas reaccionarias, crueles, que además se hace mediante expresiones soeces, todo lo cual viola derechos humanos y sociales fundamentales, creando una situación social, económica y cultural que también contempla el ya citado art. 36 de la Constitución Nacional que es imposible consentir y genera el derecho a combatirla.

En este sentido, no podemos dejar de señalar que, ante la respuesta social, el PEN otorga sumas siderales a la SIDE para un literal espionaje interior (para eso hay plata) e intenta modificaciones en el código penal para impedir el legítimo derecho a la protesta social, incriminando conductas mediante vagas definiciones que llegan al absurdo de penar la simple oposición a la perversa línea económica en curso.

En este marco también se encuadra un proyecto de ley contra las y los inmigrantes que viola una vez más los derechos humanos y sociales, llegando al intento hasta ahora no concretado, de crear una Secretaría “del relato”, a fin de controlar las redes sociales. Orwell en 1984 parece una niñería. En ese cursum autoritario de corte dictatorial se inscribe el reciente «producto»- nos resistimos a llamarlo «Decreto»-, que cambió prescripciones que no reseñamos pero tienen como común denominador derogar normas incorporadas al Código Aeronáutico, lo que , además de no atenerse a las Jerarquías establecidas por la «Pirámide Jurídica», desconocen el órden público laboral y la indisponibilidad por las partes de lo que rige en ese Ámbito.

Como colofón de todo lo expuesto y cuando estábamos a punto de editar este número, llega la noticia de la sentencia de la Corte Suprema relativo al tema “Vialidad”. Nuestra Asociación se pronunció inmediatamente dada la gravedad institucional que afecta “seriamente el sistema democrático y republicano de gobierno”. Se destaca en dicho documento que se trata de uns resolución netamente política y “que busca proscribir una candidatura política…y que deja en evidencia la receptividad que tienen los actuales integrantes “de la CSJN a las presiones e influencias que ejercen ciertos sectores políticos y empresariales, que lo alejan de la imparcialidad que deben tener los jueces a la hora de juzgar”, destacando que “continúa la línea de represión a los movimientos sociales y el encarcelamiento de sus dirigentes, en cuyas causas –como en ésta- la respuesta de la Corte es inusualmente veloz”.

Es en esta coyuntura que nuestra Revista sigue su camino desde nuestra materia, con artículos que dan cuenta del andamiaje supuestamente normativo que se quiere imponer y pretendiendo generar Doctrina siempre desde el principio que es lema de su existencia; “para pensar el derecho del trabajo desde los derechos humanos hacia la transformación social”.

Es así que nuestra Revista 101 reúne materiales que abarcan desde la vigencia de los convenios internacionales y su aplicación, las reformas de los arts. 242, 245 bis, las figura del ius variandi y sus peyorativas modificaciones, el derecho de huelga que se pretende eliminar, el fraude emergente de la reforma impuesta por la ley 27742, el remanido tema de los intereses, la realidad sobre los accidentes de trabajo ante tanta falsa información, la cuestión jubilatoria y el fondo de desempleo, las significativas conclusiones del Congreso Feminista de Derecho del Trabajo, el recuerdo y el presente del 1ro de Mayo mediante una olvidada nota escrita por José Martí en “La Nación” sobre los Mártires de Chicago hace más de un siglo, y todas las Secciones habituales que conforman nuestra publicación.

Sin perjuicio de todo lo expuesto, resaltamos el Congreso Feminista de Derecho del Trabajo que se realizó los días 22 y 23 de Mayo pasado en la Facultad de Derecho de la UBA. En unas Jornadas de debate jurídico y social se consolida la Comisión de la Mujer Trabajadora (COMUTRA) de la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas como un faro que enciende una vez más las esperanzas fundadas de un mundo distinto y mejor signado entre otros aspectos por el antipatriarcado

En definitiva y ante tanto atentado contra la Constitución Nacional y los convenios internacionales que reseñamos en esta Editorial, debemos recordar y actuar en consonancia con lo dispuesto por el art. 36 de nuestra Carta Magna, que dice:

Artículo 36.- Esta Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos. Sus autores serán pasibles de la sanción prevista en el Artículo 29, inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas.
Tendrán las mismas sanciones quienes, como consecuencia de estos actos, usurparen funciones previstas para las autoridades de esta Constitución o las de las provincias, los que responderán civil y penalmente de sus actos. Las acciones respectivas serán imprescriptibles.
Todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra quienes ejecutaren los actos de fuerza enunciados en este artículo.
Atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos.
El Congreso sancionará una ley sobre ética pública para el ejercicio de la función.

SERÁ JUSTICIA!

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