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Ley de Modernización Laboral: Guía práctica para el análisis crítico del proyecto
Por Luis Raffaghelli

Serie La Fiebre del oro 012 – Sebastián Salgado
Dorothea Tanning
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El contenido del proyecto se caracteriza por “desregular” peyorativamente los derechos individuales de las personas que trabajan y “re-regular” los colectivos para limitar la acción sindical de defensa de los derechos conculcados. No hay modernización sino retrocesos. No hay reforma laboral sino legislación anti obrera y antisindical. No se incluyen los temas fundamentales de este tiempo como son los de seguridad, prevención y salud laboral, impactos de la IA y la digitalización en el trabajo, riesgos psicosociales del trabajo, cuestiones de género, unicidad contractual, tránsito de la informalidad a la formalidad laboral y otros de la agenda actual de la OIT.
Advierto que se trata de una guía para analizar esta propuesta legislativa del gobierno nacional tal como fue ingresada en el Senado, que aun cuando fuera sancionada por ambas Cámaras del Congreso probablemente sufrirá algunas modificaciones que obliguen a renovar su estudio.
Obviamente que cada uno de los veintiséis (26) títulos que componen el proyecto, ameritan un estudio exhaustivo, desde el aspecto normativo nacional y comparado, como de los precedentes jurisprudenciales.
Como primera observación, el proyecto incurre en un error técnico al mencionar a la Ley de Contrato de Trabajo como “Ley 20744” cuando ésta consta de once (11) artículos que aprueba el texto del contrato de trabajo con fecha de sanción el 11.09.1974 e incorpora seguidamente las disposiciones en un cuerpo normativo de 301 artículos.
El texto original de la LCT sufrió una gran modificación en su estructura originaria a través de la regla estatal 21297 y Decreto 390/76 que derogó 25 artículos y modificó 75 privándole de la coherencia y sistematización ideada por su redactor el Dr. Norberto O. Centeno, secuestrado y asesinado en 1977 en los infaustos hechos conocidos como “noche de las corbatas” en Mar del Plata junto a otro grupo de apreciados colegas laboralistas.
En total el proyecto en análisis tiene veintiséis (26) títulos y ciento noventa y seis (196) artículos3 que exhiben un tratamiento asistemático de los temas, ya que regula disposiciones de derecho individual del texto del contrato de trabajo, con la de estatutos profesionales especiales y las de orden colectivo; instituciones particulares como la modificación de la ley 11544 sobre jornada de trabajo; régimen de la pequeña y mediana empresa; servicios esenciales; normas procesales de la justicia nacional del trabajo y prohibiciones que modifican el sistema constitucional tradicional que otorga a cada juez o jueza la facultad de calificar la constitucionalidad de las leyes o apartarse de la doctrina de los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación con otro argumentos.
Asimismo, introduce prohibiciones a los reclamos que constituyen discriminaciones a las personas que trabajan respecto de los derechos ciudadanos regulados por el Código Civil y Comercial de la Nación.
Nos sumamos a la postura expresada por el Foro para la Defensa del Derecho del Trabajo y la Justicia Social en su reciente declaración (17.12.2025) y a la Declaración de Profesores de Derecho del Trabajo de la UBA, como asimismo la de numerosas entidades de la abogacía laboral, de la magistratura y del movimiento sindical que rechazan de plano el intento de reforma por violatorio de la Constitución Nacional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
El presente trabajo entonces tiene razón de ser en el caso de que el Proyecto en análisis sea convertido en ley, obligando a la abogacía y magistratura del trabajo a un exhaustivo test de constitucionalidad y convencionalidad.
Pese a las expresiones de la presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado de la Nación (P. Bullrich) de postergar el tratamiento del proyecto para continuar el debate en febrero de 2026, en la sesión se “aprobó” el dictamen de comisión (de los bloques oficialistas y aliados) en el Expte. N° PE-159/25 más la de Presupuesto y Haciendo dando luz verde al proyecto de ley elevado por el Poder Ejecutivo, sobre Modernización Laboral, lo que torna incierto su futuro en el pleno.
El Proyecto aprobado en Comisión tiene 213 artículos, conservando su redacción original y cambiando solo el formato de su ultimo título (XXVI) ya que
individualiza cada una de las derogaciones como normas particulares.
Lee la nota completa aquí: Guia de analisis del Proyecto de Ley de Modernizacion Laboral-Raffaghell
El autor es abogado, Magister Ciencias Sociales del Trabajo, exjuez CNAT y docente DT.
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