#103
Desafíos del Derecho Laboral

Sin titulo 3 – 2004 – Josefina Robirosa
Dorothea Tanning
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Más preguntas que respuestas en un derecho del trabajo que no se ha cuestionado la distribución inequitativa de las tareas de cuidado. El Imperativo de la Corresponsabilidad en el Derecho Laboral
Introducción: El Cuidado como Problema Estructural del Derecho del Trabajo
El Derecho Laboral, históricamente concebido bajo el paradigma del «varón trabajador» como sujeto a tutelar, enfrenta hoy una profunda crisis paradigmática al abordar la problemática de las tareas de cuidado y su intrínseca relación con la desigualdad estructural de género y la división sexual del trabajo. Estas tareas, vinculadas a la reproducción de la fuerza de trabajo (crianza, limpieza, gerencia del hogar, soporte emocional, etc.), han recaído casi exclusivamente en manos de mujeres y feminidades, constituyendo la base del modelo económico reinante.
La inacción o la normativa insuficiente sobre las tareas de cuidado y la distribución inequitativa de las mismas se traduce directamente en la esfera laboral, manifestándose en la persistencia de la división sexual del trabajo, que mantiene el sistema tal como lo conocemos provocando, manteniendo y sosteniendo las problemáticas de la brecha salarial, el piso pegajoso, la doble o triple jornada de las mujeres, y una participación social, política y sindical desigual con los varones.
Esta división impone graves limitaciones: las tareas de cuidado obligan a niñas, adolescentes y mujeres jóvenes a desertar de la educación, del trabajo, de la política, y también restringen su vida social, pública y recreativa, impidiéndoles el pleno goce de sus derechos en igualdad con los varones. Que las mujeres asumamos las tareas de cuidados y las tareas del hogar, es una imposición económica y social que nos ha limitado, casi de forma «natural”, el acceso pleno a otros derechos.
En estos párrafos pretendo analizar la relevancia que debiera tener el debate en nuestra región, tomando como eje central la Opinión Consultiva 31/25 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que ha venido a postular la urgencia de adoptar un enfoque esencial de género sobre las tareas de cuidado, y no por necesitar una mirada feminista convoca solo a las mujeres y feminidades, sino todo lo contrario, llama necesariamente a todos los actores sociales para implementar modificaciones que contribuyan a generar y promover en forma efectiva políticas públicas tendientes a promover y fortalecer un cambio social profundo y necesario.
Lee la nota completa aquí: Desafios del Derecho Laboral – Karakachoff
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